Proceso de evaluación

La evaluación de los artículos presentados a la Revista comprende las siguientes etapas:

1. Evaluación preliminar

Todas las presentaciones son sometidas a una evaluación preliminar realizada por el Equipo Editorial del Gabinete de la Revista, con el fin de verificar el cumplimiento de los requisitos formales obligatorios establecidos por el Consejo Editorial. Dichos requisitos se encuentran establecidos en las secciones relativas a las “Condiciones para la Presentación” y las “Directrices para Autores” e incluyen la adecuación del manuscrito al alcance temático y metodológico de la Revista, conforme a lo establecido en su “Línea Editorial”.

Los artículos que no cumplan estos requisitos serán devueltos a los autores con la información necesaria para realizar los ajustes correspondientes, en caso de que manifiesten su interés en continuar con el proceso de evaluación.

Por lo tanto, con el propósito de agilizar el trámite editorial, se recomienda a los autores verificar minuciosamente todas las directrices antes de la presentación del manuscrito. Una vez presentado el artículo, se recomienda que toda comunicación se realice a través de la plataforma OJS.

2. Evaluación por pares bajo el sistema de doble anonimato

Una vez cumplidos los requisitos de la etapa preliminar, el manuscrito pasa al proceso de evaluación por pares bajo el sistema de doble anonimato, mediante el cual se mantiene en confidencialidad la identidad tanto de los autores como de los evaluadores.

El equipo editorial se encarga de preservar el anonimato entre las partes, con el fin de garantizar la imparcialidad y objetividad durante el proceso, así como de moderar, cuando resulte necesario, cualquier comentario potencialmente ofensivo.

El manuscrito se somete simultáneamente a la evaluación de dos evaluadores externos con reconocida competencia en la materia, con el propósito de valorar la calidad de su contribución académica y jurídica, especialmente en relación con: a) la relevancia y pertinencia de la temática; b) la originalidad y pertinencia del problema de investigación; c) la claridad metodológica y la estructura lógica del texto; y d) el rigor técnico y la coherencia de la argumentación jurídica.

Los evaluadores podrán recomendar uno de los cuatro tipos de decisión siguientes: a) aceptar; b) aceptar, sujeto a la realización de correcciones menores; c) aceptar, sujeto a la realización de correcciones sustanciales; o d) rechazar, de conformidad con los criterios establecidos en el formulario objetivo de evaluación, disponible en: https://revista.trf3.jus.br/index.php/rtrf3/pt_BR/libraryFiles/downloadPublic/4.

En caso de empate o de divergencia sustancial entre las recomendaciones de los evaluadores, el manuscrito podrá ser sometido a un tercer evaluador o, cuando corresponda, a un miembro del Consejo Editorial para una evaluación adicional, con el fin de contribuir a la decisión editorial final.

Los plazos generales establecidos para los evaluadores son los siguientes: una semana para aceptar la invitación a realizar la evaluación y, posteriormente, cuatro semanas adicionales para completar el dictamen. Transcurrido este plazo, el equipo editorial solicitará el envío de la evaluación dentro de un plazo adicional de dos semanas, salvo que el evaluador solicite una prórroga. Si la evaluación no se recibe dentro de este plazo adicional, el equipo editorial podrá, a su criterio, conceder una nueva prórroga o sustituir al evaluador, de acuerdo con las necesidades editoriales de la Revista.

Después de la evaluación inicial anónima, podrá ofrecerse a los autores y a los evaluadores la opción de revelar sus identidades para una interacción voluntaria orientada al perfeccionamiento del manuscrito. Dicha revelación deberá ser recíproca y constar expresamente en los respectivos formularios: el formulario de presentación cumplimentado por el autor y el formulario de evaluación cumplimentado por el evaluador.

3. Decisión editorial final

Una vez recibidos los dictámenes, el manuscrito es revisado por el equipo editorial y las recomendaciones de los evaluadores son remitidas a los autores para su conocimiento y las medidas correspondientes, de acuerdo con el cronograma establecido. Como regla general, se concederá un plazo de hasta treinta días para realizar ajustes formales y de hasta sesenta días para revisiones más sustanciales. Estos plazos podrán ser prorrogados a criterio del equipo editorial.

Después de la evaluación por pares, todas las correcciones del manuscrito deberán realizarse mediante la herramienta “Control de cambios” de Microsoft Word, con el fin de facilitar la reevaluación del texto revisado. Los autores podrán no aceptar las recomendaciones de los evaluadores, siempre que presenten una justificación específica.

Una vez recibido el manuscrito revisado, el equipo editorial podrá, cuando resulte necesario, remitir nuevamente el artículo a los mismos evaluadores de la etapa anterior o a otros evaluadores antes de adoptar la decisión final de aceptación o rechazo.

La decisión editorial final corresponde al/a la Desembargador(a) Federal Director(a) de la Revista, quien deberá considerar los dictámenes emitidos, las eventuales manifestaciones de los autores y las revisiones realizadas, y observar los criterios académicos y editoriales previamente establecidos en las normas editoriales de la Revista, con independencia de intereses institucionales, administrativos o de cualquier otra naturaleza.

La decisión final podrá ser objeto de una solicitud de reconsideración por parte del autor, mediante solicitud fundamentada dirigida a revista@trf3.jus.br. La solicitud deberá indicar objetivamente cualquier error, inconsistencia relevante o circunstancia sobreviniente que pueda justificar el reexamen de la decisión. El Consejo Editorial podrá ser consultado para la consideración de la solicitud, en función de la naturaleza de la cuestión planteada.

Los manuscritos que hayan recibido una decisión final de rechazo no podrán ser resometidos en la misma versión. Toda nueva presentación deberá contener modificaciones sustanciales con respecto a la versión anteriormente rechazada y deberá abordar, cuando corresponda, las cuestiones y fundamentos planteados durante el proceso de evaluación anterior.

Cualquier sospecha de conflicto de intereses que pueda comprometer la objetividad o imparcialidad de la evaluación deberá comunicarse inmediatamente al Gabinete de la Revista.

4. Procedimientos posteriores a la aprobación del artículo

Una vez aprobados, los artículos son remitidos a la etapa final de diagramación y revisión, realizada por el equipo editorial del Gabinete de la Revista. Esta etapa comprende la revisión gramatical y ortográfica, la comprobación de la legislación y la jurisprudencia, así como las adecuaciones necesarias a los estilos del diseño gráfico y a las normas editoriales de la Revista.

El texto revisado se envía a los autores para su validación antes de la publicación. En esta etapa no se admitirán adiciones al manuscrito, salvo en circunstancias excepcionales debidamente justificadas.

En algunos casos, el proceso de evaluación puede prolongarse más de lo previsto. Por consiguiente, no es posible establecer un plazo exacto para la aprobación o publicación de los artículos presentados.

Con el fin de garantizar la transparencia del proceso editorial, al final de cada artículo publicado se informan las principales etapas y fechas del flujo editorial, así como la identificación del editor responsable durante el período correspondiente.

Asimismo, al final de cada volumen anual de la Revista se publica una lista con los nombres de todos los evaluadores que hayan participado efectivamente en la evaluación de los artículos durante dicho año.

Las dudas relativas a las normas de presentación y evaluación podrán ser formuladas mediante mensaje dirigido a revista@trf3.jus.br.

Las cuestiones no previstas en estas normas serán resueltas por el Consejo Editorial de la Revista, presidido por el/la Desembargador(a) Federal Director(a) de la Revista.